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Inicio » Trámites » Ahora puedes cobrar la prestación por cuidado de menores en un único pago: Te contamos cómo

Ahora puedes cobrar la prestación por cuidado de menores en un único pago: Te contamos cómo

Andaluciainforma Por Andaluciainforma
14 de febrero de 2023 a las 19:11
en Prestaciones
prestación cuidado menores

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¿Acabas de tener un hijo? Ahora puedes solicitar a la Seguridad Social la prestación por cuidado de menores en un único pago. La incorporación de un nuevo miembro a la familia trae consigo una serie de gastos. En este sentido, y para compensar económicamente este hecho, la administración pública pone en marcha esta ayuda destinada a “personas trabajadoras que trabajen por cuenta ajena o propia que hayan tenido uno o varios hijos o hijas por parto, por adopción, acogimiento o por guarda con fines de adopción”. Estos son los requisitos que debes reunir y las vías para poder solicitarlo.

Estos son los requisitos para poder cobrar la prestación por cuidado de menores en un único pago

¿Quieres solicitar el pago único de la prestación por cuidado de menores? La Seguridad Social describe en su página web esta serie de requisitos que debes reunir si quieres beneficiarte de esta ayuda que solo está destinada a personas que estén trabajando por cuenta propia o ajena:

  • Estar al corriente del pago de las cuotas de la Seguridad Social.
  • Si eres trabajador/a menor de 21 años, no se exige periodo mínimo de cotización.
  • Si tienes entre 21 y 26 años, debes haber cotizado 90 días en los últimos 7 años anteriores al parto o adopción, o 180 en toda tu vida laboral.
  • En caso de tener más de 26 años, tienes que haber cotizado al menos 180 días en los últimos 7 años o 360 en toda su vida laboral.

Por otra parte, en caso de parto o adopción múltiple, puedes tener derecho a otras prestaciones familiares de pago único:

  • Familia monoparental.
  • Familia numerosa.
  • Padre o madre con discapacidad igual o superior al 65%.
  • Parto o adopción múltiples si no estás dado de alta en el Sistema de la Seguridad Social.

En cuanto al plazo, puedes solicitar la prestación hasta 5 años después de que se produzca el nacimiento, adopción o acogimiento del menor. También, tienes que considerar que la solicitud se resolverá en 30 días desde la fecha de presentación. Por último, la prestación finaliza al alcanzar el periodo de descanso o por incorporación voluntaria al trabajo del solicitante.

Esta es la documentación que necesitas y las instrucciones que debes seguir para tramitar tu solicitud de forma telemática

Para solicitar a la Seguridad Social el pago único de la prestación por nacimiento y cuidado de menor necesitas reunir esta serie de documentos:

  • NIE, TIE  o pasaporte de los padres.
  • Certificado de empresa con la fecha de inicio del descanso laboral.
  • Inscripción del menor en el Registro Civil o resolución judicial que determine su adopción o acogimiento.
  • Informe de maternidad expedido por el Servicio Público de Salud.
  • Documento que acredite la hospitalización del recién nacido después del parto.
  • Certificado de discapacidad (si procede).
  • Acuerdo de los progenitores sobre el subsidio del subsidio especial (si procede).
  • Si procede, acreditar si se tiene la condición de familia numerosa o monoparental.

Una vez reúnas toda la documentación, puedes presentar tu solicitud online de forma telemática en la administración pública empleando cualquiera de estas formas, siguiendo las instrucciones que te indica la plataforma web:

  • Si tienes certificado cl@ve o permanente puedes hacerlo a través de este enlace.
  • También puedes identificarte mediante selfie.

Recuerda que en nuestra plataforma puedes consultar otras prestaciones en Andalucía. Todo lo que necesitas saber sobre bonificaciones y ayudas de nuestra comunidad autónoma está en Andaluciainforma.

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