Tradicionalmente, en España, para generar derecho a una pensión contributiva por jubilación era necesario haber cotizado un mínimo de 15 años a la Seguridad Social. Sin embargo, esta medida no resulta justa para personas que han dedicado su vida a trabajos no remunerados, como el cuidado del hogar y de los familiares y a las labores domésticas. Esta situación, que afecta sobre todo a mujeres, las sitúa en una posición especialmente vulnerable por haber dedicado su vida a tareas exentas de cotización. La nueva medida pretende reconocer la labor de aquellos ciudadanos y ciudadanas, como las amas de casa, que carezcan de recursos suficientes para la subsistencia, aun no habiendo cotizado lo suficiente para obtener derecho a la pensión pública de jubilación.
Requisitos para la “pensión de las amas de casa”
La jubilación no contributiva permitirá que las personas que no han cotizado suficiente tengan acceso a la protección de la Seguridad Social. Para que las amas de casa, y otras personas en situación similar, puedan cobrar la pensión, deben cumplir con una serie de requisitos:
- Ser ciudadano español o extranjero con residencia legal en España.
- Tener 65 años o más.
- Que su ingreso anual, en 2023, sea menor a 6.784,54 €. En caso de haber convivientes, el cálculo se hace con la suma de los ingresos anuales de todas las personas que componen la unidad familiar. Si se convive con un cónyuge o con un pariente de segundo grado, las rentas percibidas tendrán los siguientes límites:
- Dos convivientes: 11.533,72 €
- Tres convivientes: 16.282,90 €
- Cuatro o más convivientes: 21.032,08 €
La gestión de estas pensiones son competencia de las comunidades autónomas y de las direcciones provinciales del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO).
Cuantía máxima y cuantía mínima
Esta pensión de carácter especial, para amas de casa y otras personas que no cotizaron lo suficiente para beneficiarse de la prestación de jubilación, se encuentra enmarcada en unos máximos y unos mínimos totales a percibir. Con la subida del 15% aprobada por el Gobierno este año, la cantidad máxima anual es de 6.784,54 euros, lo que se traduce en 14 pagas de 484,61 €. Por otro lado, la cantidad mínima a la que se puede acceder a través de esta ayuda es de 1.696,14 euros anuales, o lo que es lo mismo, 121,44 € repartidos en 14 pagas.
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