El Real Decreto 518/2026 modifica el Reglamento General de Circulación en toda España. Los motoristas deberán llevar guantes en vías interurbanas y calzado cerrado, mientras cambian las reglas de circulación con nieve.
Las nuevas normas de la DGT que entran en vigor en octubre de 2026 cambiarán desde el día 1 algunas reglas para conductores y motoristas. El Real Decreto 518/2026 prohíbe adelantar en autopistas y autovías cuando la nieve dificulte la circulación. También obliga a los motoristas a llevar guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado, además de introducir cambios para ciclistas y usuarios de patinetes eléctricos.
La prohibición de adelantar se activa cuando la nieve dificulta la circulación
La nueva redacción del artículo 32 establece una regla específica para autopistas y autovías. Cuando la nieve dificulte la circulación por el estado de la calzada, estará prohibido adelantar. Los vehículos deberán circular por el carril situado más a la derecha. En carreteras con tres o más carriles por sentido podrá utilizarse también el carril contiguo.
Los restantes carriles de la izquierda deberán quedar libres para vehículos de emergencia y máquinas quitanieves. La medida se aplicará en toda España cuando concurran esas condiciones. En Andalucía puede resultar especialmente relevante durante episodios de nieve que afecten a la red viaria, como los que ya han provocado cortes de carreteras por temporales.
Guantes en vías interurbanas y calzado cerrado para motoristas y pasajeros
Conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores tendrán que utilizar guantes de protección en vías interurbanas. El nuevo artículo 118 exige además calzado cerrado que cubra completamente el pie cuando circulen por cualquier tipo de vía. La DGT califica ambos incumplimientos como infracciones graves con una sanción económica de 200 euros.
La obligación de usar guantes comienza el 1 de octubre, aunque todavía no se han aprobado sus especificaciones técnicas mediante orden ministerial. Hasta entonces podrán utilizarse guantes de protección de las características empleadas actualmente. La reforma también permite habilitar determinados arcenes para motocicletas en atascos. Esos tramos deberán estar señalizados, el tráfico tendrá que estar detenido y la velocidad máxima será de 30 km/h. Los límites de velocidad siguen siendo, además, uno de los ámbitos de vigilancia de la DGT, como muestran los recientes controles de velocidad en Andalucía.
Patinetes, ciclistas y el carril de emergencia también cambian en octubre
La reforma fija en 15 años la edad mínima para conducir un vehículo de movilidad personal y obliga a sus usuarios a llevar casco. También deberán utilizar elementos luminosos o reflectantes durante la noche o cuando exista poca visibilidad. El alumbrado deberá permanecer encendido, aunque su utilización obligatoria durante el día se aplaza un año desde la entrada en vigor del real decreto. Estas obligaciones se añaden a medidas ya vigentes, como el registro de patinetes eléctricos.
Los ciclistas también tendrán nuevas reglas de seguridad. En adelantamientos fuera de poblado, el vehículo deberá reducir al menos 20 km/h respecto al límite de la vía. Si existen varios carriles en el mismo sentido, deberá cambiar completamente de carril. Además, en los atascos de autopistas y autovías se introduce el denominado carril de emergencia, dejando un espacio libre para los vehículos prioritarios.
| Cambio | Aplicación |
|---|---|
| Prohibido adelantar con nieve cuando dificulte el tráfico en autopistas y autovías | 1 de octubre de 2026 |
| Guantes para moto y ciclomotor en vías interurbanas | 1 de octubre de 2026 |
| Calzado cerrado para moto y ciclomotor en todas las vías | 1 de octubre de 2026 |
| Edad mínima de 15 años y casco para VMP | 1 de octubre de 2026 |
| Alumbrado diurno obligatorio para VMP | 1 de octubre de 2027 |
La norma completa puede consultarse en el Real Decreto 518/2026 publicado en el BOE. La Dirección General de Tráfico también ha publicado un resumen oficial de los cambios y sus fechas de aplicación.