Los pensionistas andaluces que viven de alquiler pueden cobrar 525 euros si solicitan esta ayuda antes del 31 de diciembre

El complemento se abona en un único pago anual y exige cumplir determinados requisitos sobre el contrato de alquiler y la residencia habitual.

Pagar el alquiler todos los meses puede resultar complicado cuando los ingresos se reducen a una pensión. Por eso, los pensionistas andaluces que cobran una pensión no contributiva de jubilación o incapacidad pueden acceder a una ayuda de 525 euros anuales para afrontar este gasto. La Junta de Andalucía mantiene abierto el plazo para solicitarla hasta el 31 de diciembre de 2026, aunque no todos los pensionistas pueden beneficiarse, ya que es necesario cumplir varios requisitos relacionados con el contrato y la vivienda.

Quién puede solicitar los 525 euros por alquiler en Andalucía

El complemento está reservado a quienes tengan reconocida una pensión no contributiva de jubilación o incapacidad. Estas prestaciones forman parte del sistema de protección para personas con recursos insuficientes. Sus importes pueden consultarse en las pensiones no contributivas de 2026. Quienes únicamente perciben una pensión contributiva no pueden acceder a este complemento.

También es obligatorio carecer de vivienda en propiedad y ser titular del contrato de alquiler. El propietario no puede ser cónyuge, pareja equiparable ni familiar hasta el tercer grado. Si conviven varios beneficiarios de pensiones no contributivas en el mismo domicilio, solo uno podrá cobrarlo. Tendrá preferencia el titular del contrato o, si figuran varios, el primero de ellos.

El contrato debe durar un año y acreditar 180 días de residencia

Una de las condiciones más importantes afecta a la duración del alquiler. La normativa exige que el contrato tenga una vigencia mínima de un año. Además, el pensionista debe haber residido en la vivienda durante los 180 días inmediatamente anteriores a la solicitud. Ambas condiciones deben cumplirse simultáneamente.

Esto significa que una persona recién mudada podría no reunir los requisitos, aunque esté pagando puntualmente su alquiler. La residencia habitual se acredita preferentemente mediante la información del padrón municipal. Por eso, el tiempo de permanencia en el domicilio resulta determinante al comprobar el derecho al complemento.

Cómo solicitar la ayuda de 525 euros y qué documentos presentar

Los interesados deben utilizar el formulario oficial habilitado por la Junta de Andalucía. La solicitud puede presentarse en las delegaciones territoriales de la Consejería competente en servicios sociales. También puede entregarse en los Servicios Sociales Comunitarios del ayuntamiento donde resida el pensionista. Existe, además, una vía electrónica para quienes dispongan de certificado digital.

Entre la documentación necesaria figura una copia del contrato de arrendamiento o una prueba válida de la condición de inquilino. Debe identificarse la vivienda alquilada. Cuando el trámite lo realice otra persona en representación del beneficiario, habrá que acreditar dicha representación. La Administración también puede consultar los datos del Catastro y del padrón para comprobar los requisitos.

El 31 de diciembre termina el plazo para pedir el complemento de alquiler

La cuantía de 525 euros es anual y se abona en un único pago. El 31 de diciembre de 2026 es la fecha límite para presentar la solicitud, no una garantía de cobro ese día. La normativa establece un plazo máximo de tres meses para notificar la resolución administrativa. También permite reclamar cuando la solicitud haya sido denegada.

Este complemento no debe confundirse con la ayuda autonómica de 192,04 euros, que la Junta abona de oficio a determinados pensionistas no contributivos. La ayuda por alquiler debe solicitarse y sus 525 euros no computan como ingresos para mantener el derecho a la pensión no contributiva.

Los interesados pueden consultar todos los requisitos y la documentación necesaria en la página oficial de la Junta de Andalucía.