El pago corresponde a perceptores del Fondo de Asistencia Social y del Subsidio de Garantía de Ingresos Mínimos. Se realizará de oficio y no será necesario presentar ninguna solicitud.
La Junta de Andalucía abonará durante septiembre de 2026 un pago extraordinario de 464,31 euros a determinados beneficiarios de ayudas asistenciales. La medida no afecta a todos los pensionistas ni a todos los perceptores de prestaciones. Está reservada a quienes cobran ayudas del Fondo de Asistencia Social (FAS) o el Subsidio de Garantía de Ingresos Mínimos (SGIM) y cumplen las condiciones establecidas por el Consejo de Gobierno.
Los 464,31 euros de septiembre forman parte de una ayuda anual de 1.857,24 euros
La ayuda extraordinaria asciende a 1.857,24 euros durante 2026. La cantidad se distribuye en cuatro pagos iguales de 464,31 euros. El calendario oficial fija los abonos en marzo, junio, septiembre y diciembre, por lo que este mes corresponde efectuar el tercero del año.
Se trata de una protección diferente de otras ayudas destinadas a pensionistas con ingresos reducidos. Por ejemplo, el complemento por mínimos corresponde a pensiones contributivas de la Seguridad Social y tiene sus propios requisitos. La ayuda de 464,31 euros es autonómica, está financiada por la Junta y se dirige exclusivamente a perceptores del FAS y del SGIM.
Quién tiene derecho a recibir el pago extraordinario de septiembre
Para cobrarlo es necesario ser titular de una pensión asistencial del Fondo de Asistencia Social o tener reconocido el Subsidio de Garantía de Ingresos Mínimos. Además, el beneficiario debe conservar esa condición en el momento del abono y haberla mantenido durante los tres meses inmediatamente anteriores. También debe tener vecindad administrativa en Andalucía.
El FAS es una prestación antigua destinada a personas con recursos insuficientes por ancianidad o enfermedad. Sus nuevas concesiones quedaron suprimidas en 1992, por lo que actualmente solo continúan cobrándolo quienes conservan derechos reconocidos anteriormente. El SGIM también pertenece a un régimen anterior de protección para personas con discapacidad. Sus beneficiarios pueden conservarlo mientras mantengan los requisitos y no hayan optado por una pensión no contributiva.
El dinero llegará automáticamente a la cuenta bancaria del beneficiario
Quienes tengan derecho no tienen que solicitar los 464,31 euros ni realizar un trámite específico durante septiembre. El acuerdo publicado en el BOJA establece que el pago se realizará de oficio. La transferencia llegará a la misma cuenta bancaria donde el beneficiario tenga domiciliada su prestación ordinaria.
Esta característica diferencia el pago de otras prestaciones sociales que sí requieren iniciar un procedimiento ante la Administración. En Andalucía existen también recursos vinculados a situaciones de vulnerabilidad, como la ayuda a domicilio, pero sus condiciones de acceso y tramitación son distintas. En este caso, no existe un plazo de solicitud que los actuales perceptores del FAS o SGIM deban cumplir para recibir la paga extraordinaria.
Los pensionistas no contributivos no cobrarán estos 464,31 euros en septiembre
La distinción resulta especialmente importante porque la Junta también aprobó para 2026 una ayuda extraordinaria para titulares de pensiones no contributivas de jubilación e incapacidad. Sin embargo, su importe y calendario son diferentes. Para ese colectivo, la ayuda autonómica se fijó en 192,04 euros, abonados mediante un único pago durante el primer trimestre del año.
Por tanto, una persona que cobre únicamente una pensión no contributiva no debe esperar ahora el ingreso de 464,31 euros por esta medida. El pago de septiembre corresponde al FAS y al SGIM. La Junta indica además que la ayuda tiene carácter personal, intransferible y extraordinario, con vigencia limitada a 2026. La cuantía anual fue revalorizada un 3% para este ejercicio.
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