El TSJA avala el despido de un gerente de Mercadona con 22 años de antigüedad por 29 cargos del Via-T

La sentencia 30/2026 confirma el despido disciplinario de un gerente de transportes que utilizó el telepeaje en días libres y vacaciones. El trabajador alegó que el perjuicio ascendía a 41,20 euros.

Después de más de 22 años trabajando en Mercadona, un gerente de transportes terminó despedido por utilizar el Via-T de la empresa durante sus días libres y vacaciones. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha respaldado el despido disciplinario tras considerar relevante que realizó 29 cargos y que después validó esos gastos. El trabajador defendió en su recurso que el perjuicio económico ascendía a solo 41,20 euros.

Los 29 cargos se realizaron cuando estaba libre o de vacaciones

Mercadona entregó al trabajador la carta de despido el 31 de octubre de 2023. Según los hechos probados, los cargos se produjeron entre el 20 de mayo y el 1 de agosto. Los días afectados figuraban como libres o vacaciones y no quedó acreditado que atendiera servicios o incidencias laborales. Además, el empleado había validado posteriormente esos gastos en la aplicación interna de la compañía.

El gerente sostenía que podía utilizar personalmente el coche de empresa y que su anterior coordinador le había autorizado verbalmente a usar también el Via-T. Sin embargo, los tribunales diferenciaron ambos elementos. El vehículo podía utilizarse con fines privados, pero el telepeaje estaba vinculado a una tarjeta corporativa de uso profesional. La resolución se suma a otros despidos de Mercadona por buena fe contractual analizados por los tribunales durante 2026.

El trabajador alegó que el perjuicio era de 41,20 euros y que nunca había sido sancionado

En su recurso, el empleado pidió que el despido fuese declarado improcedente. Recordó sus 22 años de antigüedad, aseguró que nunca había sido sancionado y sostuvo que la medida era desproporcionada. También argumentó que no existía una norma específica sobre el uso privado del Via-T y señaló que el supuesto perjuicio económico ascendía a 41,20 euros.

La Sala rechazó esos argumentos. Los trabajadores con tarjeta corporativa recibían formación que establecía su uso estrictamente profesional. Además, cada gasto debía validarse mensualmente. Si aparecía un cargo personal, el sistema permitía explicarlo y devolver su importe. El tribunal consideró probado que el gerente conocía ese procedimiento. Andalucía Informa ya ha recogido otro despido de una gerente de Mercadona en el que la confianza vinculada al puesto también resultó determinante.

Por qué 22 años de antigüedad no evitaron que el despido fuera procedente

El artículo 54.2.d del Estatuto de los Trabajadores permite el despido disciplinario ante una transgresión grave y culpable de la buena fe contractual o un abuso de confianza. El convenio de Mercadona aplicable a los hechos también clasificaba como muy grave el fraude, la deslealtad o el abuso de confianza. Entre las sanciones previstas figuraba el despido. El TSJA valoró especialmente la reiteración de los cargos y el grado de autonomía y responsabilidad asociado al puesto de gerente B.

La antigüedad tampoco actuó como una protección automática. La resolución considera que los 22 años en la empresa reforzaban precisamente la confianza depositada en el trabajador. Por ello, la conducta acreditada justificaba, según la Sala, su pérdida. Este razonamiento también aparece en otros casos sobre abuso de confianza, aunque cada despido debe analizarse según sus circunstancias. La sentencia desestimó el recurso y confirmó el fallo del Juzgado de lo Social número 11 de Málaga. La propia resolución indicaba que no era firme y que podía prepararse recurso de casación para la unificación de doctrina en diez días. Las fuentes consultadas no permiten confirmar un pronunciamiento posterior sobre este procedimiento.

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