Para cobrar la Renta Mínima de Andalucía, la Junta exige revisar antes el Ingreso Mínimo Vital

La prestación autonómica puede alcanzar los 1.613,92 euros mensuales en 2026 para determinados hogares. La Junta permite consultar los requisitos por internet, aunque el resultado no garantiza la concesión.

La Junta de Andalucía mantiene disponible un simulador para consultar si una familia puede reunir los requisitos de la Renta Mínima de Inserción Social (RMISA). Esta prestación está dirigida a hogares en situación de pobreza o exclusión social. En 2026, las cuantías de referencia comienzan en 733,60 euros mensuales para una persona y pueden alcanzar los 1.613,92 euros para cinco o más integrantes. Sin embargo, existe una condición importante: haber recibido una denegación del Ingreso Mínimo Vital (IMV), salvo las excepciones previstas en la normativa.

Cómo funciona el simulador de la Renta Mínima de Andalucía

La Junta ofrece un simulador oficial de la Renta Mínima que permite introducir los datos de la unidad familiar. El formulario tiene en cuenta circunstancias personales y económicas, como las personas que conviven en el hogar, sus ingresos y el dinero disponible. Con esa información, proporciona una estimación del posible derecho a la prestación y de su cuantía.

La consulta puede realizarse desde casa, antes de presentar la solicitud. No obstante, un resultado favorable no significa que la ayuda esté concedida. La Administración debe comprobar posteriormente los requisitos y la documentación. Las personas interesadas pueden consultar también esta guía para utilizar el simulador.

El requisito del Ingreso Mínimo Vital que puede impedir cobrar esta ayuda

La normativa andaluza exige, como regla general, disponer de una resolución expresa que deniegue el IMV. Esa resolución debe haberse dictado en el mismo año en que se solicita la Renta Mínima de Andalucía. Tampoco puede existir una concesión posterior de la prestación estatal. Esta condición figura en el Decreto-ley 3/2017, modificado por el Decreto-ley 14/2022.

Existen excepciones para determinados hogares que no pueden acceder al IMV por las circunstancias contempladas legalmente. Entre ellas figuran personas de 18 a 22 años con discapacidad reconocida o con personas con discapacidad a cargo. También se incluyen determinados menores emancipados y situaciones relacionadas con protección internacional. Quienes ya perciben el IMV pueden informarse sobre la ayuda complementaria al IMV, que tiene requisitos distintos.

Quién puede solicitar la Renta Mínima y cuánto tiempo debe llevar empadronado

Como norma general, la persona solicitante debe tener entre 25 y 64 años. Sin embargo, la legislación contempla excepciones para jóvenes de menor edad que cumplan determinadas condiciones. También permite solicitarla a personas mayores de 65 años con menores a cargo, cuando ningún otro integrante pueda hacerlo. La unidad familiar debe encontrarse en situación de pobreza, exclusión social o riesgo de estarlo.

Otro requisito es tener vecindad administrativa en Andalucía y acreditar, generalmente, un año de empadronamiento estable en el mismo domicilio. La normativa contempla excepciones para víctimas de violencia de género, personas sin hogar y otras situaciones justificadas. Además, se comprueban los recursos económicos del hogar y la inscripción en el Servicio Andaluz de Empleo cuando resulte obligatoria.

Cuánto se puede cobrar en 2026 y cómo presentar la solicitud

Según la tabla oficial publicada por la Junta, la cuantía mensual de referencia es de 733,60 euros para una persona, 953,68 euros para dos y 1.173,76 euros para tres. En hogares de cuatro integrantes alcanza los 1.393,84 euros y, con cinco o más, los 1.613,92 euros. Estas cantidades pueden variar según los ingresos y las circunstancias familiares. También existen incrementos específicos para determinados hogares monoparentales, monomarentales o con discapacidad. El título de familia monoparental constituye un trámite independiente.

La solicitud puede presentarse por internet siguiendo las indicaciones de la página oficial de la Junta de Andalucía. También puede realizarse presencialmente, preferentemente en los servicios sociales comunitarios. Estos servicios intervienen en la tramitación prioritaria de determinadas situaciones de urgencia social. La prestación tiene una duración inicial de 12 meses, con posibilidad de ampliación si persisten los requisitos.