El Subsidio de Movilidad y Compensación por Gastos de Transporte continúa admitiendo nuevas solicitudes en 2026 y alcanza los 1.029,60 euros anuales.
Las personas con discapacidad que tengan graves dificultades para utilizar transportes colectivos pueden solicitar en Andalucía el Subsidio de Movilidad y Compensación por Gastos de Transporte. La prestación alcanza en 2026 los 85,80 euros mensuales, 1.029,60 euros al año, y continúa abierta a nuevas solicitudes. No se trata de una ayuda creada ahora, sino de una prestación que sigue vigente y cuyo importe para este ejercicio está fijado desde el 1 de enero por el Real Decreto 241/2026.
Esta prestación sigue admitiendo solicitudes aunque otras ayudas antiguas ya estén cerradas
Uno de los aspectos que puede generar confusión es que este subsidio pertenece al antiguo sistema de Prestaciones Sociales para Personas con Discapacidad. Algunas de aquellas prestaciones, como el Subsidio de Garantía de Ingresos Mínimos o el de Ayuda de Tercera Persona, ya no permiten nuevos reconocimientos. Sin embargo, la Junta de Andalucía confirma expresamente que el subsidio de movilidad sí puede solicitarse actualmente. Es una diferencia importante para quienes estén consultando las distintas ayudas por discapacidad del 33% disponibles en Andalucía.
La cuantía tampoco debe confundirse con la de otras prestaciones por discapacidad. El Real Decreto 241/2026, de 25 de marzo, establece que desde el 1 de enero el importe del subsidio de movilidad queda fijado en 1.029,60 euros anuales. El Imserso recoge esa misma cantidad y la distribuye en 12 mensualidades de 85,80 euros. Su finalidad es compensar los gastos extraordinarios de desplazamiento fuera del domicilio de quienes encuentran graves dificultades para utilizar el transporte colectivo.
Quién puede cobrar los 85,80 euros y qué límite de ingresos se aplica en 2026
No basta con tener reconocido cualquier grado de discapacidad. El Imserso establece que la persona debe tener tres años o más, residencia legal en España y un grado de discapacidad igual o superior al 33%. También debe acreditarse una grave dificultad para utilizar transportes colectivos y conservar la posibilidad de desplazarse fuera del domicilio. Si reside internada en un centro, deberá salir al menos diez fines de semana al año. La valoración de estas circunstancias puede resultar determinante, por lo que quienes todavía no dispongan de ella pueden consultar cómo solicitar el reconocimiento del grado de discapacidad.
También existe un requisito económico. Con carácter general, los recursos personales o familiares no pueden superar el 70% del IPREM anual, aumentando el límite un 10% por cada miembro adicional hasta llegar al 100%. El IPREM utilizado en 2026 continúa fijado en 600 euros mensuales y 7.200 euros anuales, según el SEPE. Esto permite traducir los porcentajes oficiales a estas cantidades:
| Miembros computables | Porcentaje máximo del IPREM | Límite anual |
|---|---|---|
| 1 persona | 70% | 5.040 € |
| 2 personas | 80% | 5.760 € |
| 3 personas | 90% | 6.480 € |
| 4 o más | 100% | 7.200 € |
Existe una excepción relevante. El Imserso señala que el subsidio puede ser compatible con una pensión no contributiva o con recursos personales que no superen la cuantía de esas pensiones. Además, no se debe tener derecho a otra prestación pública de naturaleza y finalidad similares de igual o superior importe. Cuando la ayuda concurrente sea inferior, la regulación general contempla el abono de la diferencia correspondiente.
La solicitud puede presentarse presencialmente o por internet con certificado digital
En Andalucía, la persona interesada o su representante puede obtener y presentar la solicitud a través de las Delegaciones Territoriales competentes, los Centros de Participación Activa de Mayores y los Servicios Sociales Comunitarios de su ayuntamiento. La ficha oficial de la Junta de Andalucía confirma además que quienes dispongan de certificado digital pueden tramitarla electrónicamente mediante el Catálogo de Procedimientos Administrativos. La prestación se mantiene vigente y la Junta no la presenta como una convocatoria limitada a unas fechas concretas.
El modelo de solicitud enlazado actualmente por la Administración pide información sobre la discapacidad, la unidad familiar, los recursos económicos y la cuenta bancaria donde se realizaría el abono. También contempla documentación de identidad o representación cuando resulte necesaria y los datos que acrediten la residencia de las personas extranjeras. El propio formulario señala un plazo máximo de 90 días para resolver y notificar, contado desde el registro de la solicitud, y establece que, transcurrido sin resolución, esta puede entenderse desestimada.
Los beneficiarios deben comunicar los cambios que puedan afectar al subsidio
La concesión no significa que los requisitos dejen de comprobarse. La Administración puede revisar posteriormente las circunstancias económicas, familiares o personales que dieron derecho al subsidio. Los beneficiarios deben comunicar en un máximo de 15 días cualquier cambio que pueda afectar al reconocimiento o a su cuantía. El Imserso también contempla la presentación anual de una declaración de rentas e ingresos cuando sea requerida por el organismo gestor.
El derecho puede extinguirse cuando dejen de cumplirse las condiciones exigidas o se incumplan las obligaciones vinculadas a la prestación. Por eso es importante diferenciar este subsidio de otras ayudas, como la PNC de invalidez en Andalucía, que tiene requisitos y cuantías diferentes.