Consumo Andalucía aclara qué gastos no te pueden cobrar al reparar un electrodoméstico en garantía

La Dirección General de Consumo recuerda que las reparaciones cubiertas por la garantía legal deben realizarse sin coste para el comprador. También explica qué ocurre si la avería vuelve a aparecer.

Si tu lavadora, frigorífico o microondas se estropea durante la garantía, no siempre tienes que pagar al servicio técnico. La Junta de Andalucía recordó el 17 de octubre, coincidiendo con el Día Mundial de la Reparación, que los defectos cubiertos por la garantía legal deben solucionarse gratuitamente. Esta protección incluye gastos que pueden pasar desapercibidos, como el transporte, las piezas de recambio o la retirada de determinados electrodomésticos instalados.

La garantía cubre el transporte, la mano de obra y las piezas de reparación

La Dirección General de Consumo explica que, cuando un producto presenta una falta de conformidad cubierta por la garantía, la empresa responsable debe asumir todos los gastos necesarios para solucionarla. Esto incluye los portes, el transporte, la mano de obra y los materiales utilizados en la reparación. Tampoco puede trasladar al comprador el coste de una intervención técnica necesaria para corregir el defecto.

La obligación alcanza también a electrodomésticos que necesitan ser desmontados o retirados para su reparación. Si estaban correctamente instalados antes de aparecer el problema, la empresa debe asumir su retirada y posterior instalación cuando resulte necesario. El comprador puede elegir entre reparación y sustitución, salvo que alguna alternativa sea imposible o desproporcionada. Esta protección legal debe distinguirse de las obligaciones generales sobre el derecho a reparar fuera de la garantía.

Los electrodomésticos nuevos tienen tres años de garantía y el plazo se suspende durante la reparación

La legislación española establece una garantía legal general de tres años para los productos nuevos adquiridos desde el 1 de enero de 2022. Cuando se compran artículos de segunda mano a una empresa, ambas partes pueden pactar un plazo inferior, pero nunca por debajo de un año. Durante los dos primeros años desde la entrega de un producto nuevo, se presume que los defectos manifestados ya existían al recibirlo, salvo prueba en contrario y las excepciones legales.

Hay otro derecho importante cuando el aparato entra en el taller. El tiempo que permanece en reparación no se descuenta del periodo de garantía, porque su cómputo queda suspendido hasta la devolución. Además, si durante el año posterior vuelve a manifestarse un defecto del mismo origen, se presume que corresponde a la avería anterior. Esto no significa que cada reparación inicie automáticamente otros tres años de garantía.

La tienda debe entregar dos justificantes cuando se repara un producto en garantía

Consumo recomienda conservar la factura, el tique de compra y, cuando exista, el albarán de entrega. Estos documentos permiten acreditar la fecha desde la que se calcula la garantía. Al dejar un aparato para su reparación, la empresa debe entregar un justificante con la fecha de recepción y una descripción del defecto que ha motivado la intervención.

Una vez terminado el arreglo, el comprador tiene derecho a recibir otro documento donde figure la fecha de devolución y la reparación efectuada. Ambos justificantes permiten acreditar cuánto tiempo estuvo el producto fuera de servicio y qué problema se intentó solucionar. Guardarlos puede resultar especialmente útil si posteriormente hay que acudir al sistema de reclamaciones electrónicas de Andalucía.

Cómo reclamar si te cobran una reparación en garantía o el electrodoméstico vuelve a fallar

El primer paso es dirigirse a la empresa que vendió el producto y comunicar la avería, preferiblemente por escrito. Si pretende cobrar gastos correspondientes a un defecto cubierto, puede exigirse que respete la gratuidad legal. Cuando la reparación o sustitución no se realiza correctamente o en un plazo razonable, la normativa contempla, en determinados supuestos, una rebaja del precio o la resolución del contrato. Si no hay acuerdo, se puede presentar una reclamación de consumo.

En Andalucía, las empresas disponen de 10 días hábiles para responder a una hoja oficial de quejas y reclamaciones. Si no contestan o su respuesta no resulta satisfactoria, el consumidor puede acudir a la Administración competente, incluida la OMIC correspondiente. También puedes solicitar información gratuita a Consumo Responde mediante el teléfono 900 21 50 80 o el correo consumoresponde@juntadeandalucia.es.

Para conocer más derechos de los consumidores y procedimientos administrativos, puedes consultar nuestra sección de trámites.