Los comercios físicos y online deberán exhibir un aviso armonizado sobre la garantía legal. La etiqueta EU GARAN se reservará para determinadas garantías comerciales de durabilidad.
A partir del 27 de septiembre de 2026, los vendedores de bienes de consumo de la Unión Europea deberán mostrar un nuevo aviso armonizado sobre la garantía legal. La medida deriva del Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1960 y alcanza a tiendas físicas y ventas online. El aviso europeo habla de una protección mínima de dos años, pero en Andalucía, como en el resto España, los bienes mantienen una garantía legal de tres años desde la entrega.
El aviso europeo habla de dos años, pero en España la garantía legal sigue siendo de tres
El nuevo aviso utilizará una referencia común para todos los países de la Unión Europea. Informará de que los consumidores cuentan con al menos dos años de protección legal cuando compran bienes. Ese plazo funciona como mínimo europeo, por lo que cada Estado puede reconocer una cobertura superior.
España mantiene los tres años para las faltas de conformidad de los bienes desde su entrega. En productos de segunda mano vendidos por una empresa, puede pactarse un periodo inferior, pero nunca por debajo de un año. Esta protección tampoco debe confundirse con el derecho a devolver una compra online, que responde a reglas y plazos diferentes.
Cómo deberá mostrarse el nuevo aviso en tiendas físicas y por internet
En los establecimientos físicos, el aviso tendrá que situarse en un lugar claramente visible para los clientes. Si se imprime, su tamaño no podrá ser inferior a A4. Puede colocarse, por ejemplo, en una pared o cerca de la zona de cajas. Se trata de un recordatorio general y no de una etiqueta individual para cada artículo.
Los comercios electrónicos también deberán mostrar este aviso en sus páginas web. En este caso debe aparecer en color. Su diseño incorpora un código QR que dirige al consumidor a información adicional sobre sus derechos y permite consultar las particularidades aplicables en cada país.
La etiqueta EU GARAN no aparecerá en todos los productos
Junto al aviso general llega la etiqueta EU GARAN, destinada a una situación diferente. Se empleará cuando un productor ofrezca una garantía comercial de durabilidad sin coste adicional, cubra todo el bien y dure más de dos años. Cuando concurran esas condiciones, deberá utilizarse el modelo armonizado europeo. Esta garantía comercial es independiente de la garantía legal que corresponde al comprador.
La etiqueta indicará los años de cobertura, la marca, el modelo y un código QR con información adicional. Si se imprime, su formato no podrá ser inferior a 95 por 100 milímetros. Puede vincularse al artículo mediante el embalaje, una etiqueta o su ubicación en la estantería. Para los productos averiados, también resulta útil conocer el derecho a reparar y las obligaciones que pueden corresponder al vendedor o productor.
Qué puede hacer el consumidor en Andalucía si el producto falla durante la garantía
Cuando un bien no sea conforme con lo contratado, la legislación española permite elegir entre reparación o sustitución. Una de estas soluciones puede descartarse cuando resulte imposible o genere costes desproporcionados frente a la alternativa. En determinadas circunstancias, también puede solicitarse una reducción del precio o la resolución del contrato.
La nueva señalización europea no sustituye estos derechos ni reduce el periodo español a dos años. El consumidor andaluz debe conservar la factura, el tique o la documentación de compra para acreditar la operación y su fecha. Si una empresa no respeta la garantía, puede dejar constancia del problema mediante una reclamación de consumo en Andalucía y aportar las pruebas disponibles.