El BOJA del 5 de octubre abre el programa a ciudadanos y empresas, flexibiliza el achatarramiento y amplía las furgonetas elegibles. Los expedientes presentados desde el 15 de abril que sigan en trámite o hayan sido concedidos también pueden beneficiarse de las nuevas condiciones.
El Plan Renove Vehículos Andalucía acaba de cambiar sus reglas y algunos compradores deberán revisar su expediente. La Junta ha elevado la ayuda de 3.000 a 4.000 euros por vehículo y permitirá solicitar los 1.000 euros adicionales a quienes ya tengan determinadas ayudas en tramitación o concedidas. Además, podrán entrar particulares y empresas. La modificación aparece en el BOJA del 5 de octubre de 2026, aunque la nueva operativa comenzará cuando se publique la adaptación de la convocatoria.
Quién puede pedir ahora los 4.000 euros del Plan Renove
Hasta ahora, este programa estaba dirigido a personas físicas que desarrollaban una actividad económica, fundamentalmente trabajadores autónomos. La reforma incorpora también a las personas jurídicas con actividad económica y a particulares que no desarrollen esa actividad. Estos últimos deberán tener su domicilio fiscal en Andalucía. Las empresas tendrán que contar con domicilio fiscal o establecimiento en la comunidad.
El cambio amplía considerablemente el número de posibles solicitantes respecto a la convocatoria inicial del Plan Renove. La Junta señala además que el programa financia vehículos nuevos no enchufables comprados desde el 1 de enero de 2026. Esto significa que un particular que compró este año y no solicitó la ayuda porque entonces estaba excluido podrá estudiar ahora si cumple el resto de condiciones.
Seis casos para saber si puedes cobrar la ayuda o recibir 1.000 euros más
La reforma no afecta a todos de la misma forma. Para los expedientes anteriores, la fecha relevante es el 15 de abril de 2026, cuando se abrió la convocatoria. Para nuevos particulares y empresas, también pueden resultar válidas compras efectuadas desde el 1 de enero.
| Tu situación | Qué cambia con el nuevo Plan Renove |
|---|---|
| Eres autónomo y tu solicitud sigue en trámite | Podrás acogerte al nuevo importe de 4.000 euros. El incremento deberá solicitarse expresamente cuando la Agencia publique el procedimiento. |
| Ya te concedieron 3.000 euros | Podrás pedir 1.000 euros adicionales. La Junta contempla una resolución complementaria por la diferencia entre la ayuda anterior y la nueva. |
| Presentaste solicitud desde el 15 de abril y el coche a achatarrar no estaba a tu nombre | La nueva regulación elimina la exigencia de que el vehículo antiguo sea propiedad del beneficiario. Deben cumplirse las demás condiciones y los plazos de justificación. |
| Eres particular y compraste un coche nuevo elegible en 2026 | Ahora entras entre los posibles beneficiarios aunque no seas autónomo. La Junta sitúa el periodo de compra subvencionable desde el 1 de enero de 2026. |
| Una empresa compró un vehículo que cumple los requisitos | Las personas jurídicas pasan a ser beneficiarias. Las actividades económicas quedan sometidas también a las reglas aplicables a las ayudas de minimis. |
| Compraste una furgoneta N1 con emisiones superiores a 120 g y hasta 159 g CO2/km | El nuevo límite para estas furgonetas sube a 159 g CO2/km, siempre que su MTMA no supere los 3.500 kilos. |
Que una compra encaje en uno de estos supuestos no garantiza por sí sola la subvención. Hay que reunir todas las condiciones del programa y disponer de crédito. Los expedientes que ya tengan concedidos 3.000 euros tampoco recibirán automáticamente la diferencia. El BOJA exige solicitar expresamente ese incremento en el plazo y mediante el procedimiento que se publique.
Qué coche nuevo y qué vehículo para achatarrar exige la ayuda
Los turismos M1 subvencionables pueden emitir hasta 120 g CO2/km. Para las furgonetas N1, el límite pasa a 159 g CO2/km y la masa técnica máxima admisible no puede superar los 3.500 kilos. El vehículo nuevo debe estar matriculado en España, no ser enchufable y tener un precio máximo de 35.000 euros sin IVA. La adquisición puede hacerse mediante compra directa, leasing o renting y el punto de venta debe estar físicamente en Andalucía.
También sigue siendo obligatorio retirar otro vehículo. Puede ser un turismo M1 o una furgoneta N1, debe estar matriculado en España, tener al menos 10 años y disponer de ITV vigente al producirse su baja. La diferencia ahora es que ya no tiene que ser propiedad de quien pide la subvención. Para justificar el achatarramiento se exigirán el certificado de baja definitiva emitido por un Centro Autorizado de Tratamiento, la ficha técnica y el permiso de circulación. Quienes valoren un vehículo eléctrico pueden consultar también las ayudas para comprar coche eléctrico, ya que se trata de programas distintos.
Cuándo podrán solicitarse las nuevas condiciones y hasta qué fecha
La Orden de 5 de octubre entra en vigor el 6 de octubre de 2026, pero eso no significa que las nuevas solicitudes puedan tramitarse inmediatamente con estas reglas. La propia Junta explica que debe publicarse antes una resolución de la Agencia Andaluza de la Energía adaptando la convocatoria. Las solicitudes con las nuevas condiciones podrán formalizarse desde las 9:00 horas del día siguiente a esa publicación.
Quienes ya tengan concedida la anterior ayuda de 3.000 euros deberán solicitar también los 1.000 euros adicionales desde ese momento y antes de que finalice el programa. El plazo general termina el 15 de noviembre de 2026, salvo cierre anterior, y existe un presupuesto de 5 millones de euros. La concesión funciona en régimen de concurrencia no competitiva y las solicitudes se atienden por orden de llegada. Para conocer otros cambios relacionados con los vehículos más antiguos, también puede consultarse la información sobre distintivos ambientales de los coches.
Puedes consultar la normativa en vigor en la disposición oficial publicada en el BOJA el 5 de octubre de 2026.