La Junta prepara una convocatoria de 250 euros mensuales durante dos años, con 24 millones de presupuesto. Todavía no se pueden presentar solicitudes.
La nueva ayuda para pagar el alquiler que prepara Andalucía todavía tendrá que esperar. La consejera de Vivienda, Rocío Díaz, explicó el 8 de octubre que el programa Alquiler Joven de Andalucía se pondrá en marcha en 2027 y cubrirá alquileres de ese año y de 2028. La iniciativa contempla hasta 250 euros mensuales, con un máximo de 6.000 euros por beneficiario y una dotación inicial de 24 millones. A 22 de octubre, el plazo para solicitarla todavía no figura abierto en la sede autonómica.
La nueva ayuda al alquiler comenzará en 2027 con un presupuesto de 24 millones
El Gobierno andaluz anunció este programa el 1 de octubre y una semana después ofreció más información sobre su puesta en marcha. Durante su comparecencia en el Parlamento de Andalucía, Rocío Díaz precisó que las ayudas se destinarán al alquiler de viviendas y habitaciones durante 2027 y 2028. También explicó que la Consejería trabaja en los trámites administrativos necesarios para publicar la convocatoria.
La nueva línea no debe confundirse con el Bono Alquiler Joven de Andalucía, cuyo último plazo se cerró el 22 de junio de 2026. Aquella convocatoria comenzó en enero de 2025 y se reabrió el 13 de enero de este año. La Junta la cerró al alcanzar las 15.000 solicitudes previstas. El nuevo programa tendrá una convocatoria diferenciada, todavía pendiente de publicación.
Los jóvenes de 18 a 35 años podrán recibir hasta 250 euros mensuales
Las condiciones avanzadas establecen que podrán solicitar la ayuda las personas de entre 18 y 35 años, ambas edades incluidas. Los ingresos anuales estarán limitados a tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para una persona sola. En determinados supuestos de unidades familiares o de convivencia, el límite podrá elevarse a cuatro veces ese indicador. Las bases definitivas deberán precisar cómo se calcularán los ingresos.
También habrá restricciones relacionadas con el precio del alquiler. Para una vivienda completa, los límites máximos previstos oscilarán entre 600 y 1.000 euros mensuales según el municipio. En habitaciones, los topes estarán entre 300 y 600 euros. Se exigirá que el inmueble constituya la residencia habitual y permanente del beneficiario, acreditada mediante un contrato de arrendamiento o un compromiso formalizado. Estas condiciones son diferentes de las aplicables a otros programas de vivienda para jóvenes.
Quienes ya cobran el Bono Alquiler Joven tendrán una incompatibilidad importante
Una de las aclaraciones realizadas por Rocío Díaz afecta directamente a quienes ya tienen concedido el Bono Alquiler Joven de convocatorias anteriores. La consejera explicó que ambas subvenciones no podrán cobrarse durante un mismo periodo. Por tanto, una persona que todavía esté percibiendo el bono anterior tendrá que finalizar el periodo reconocido antes de acceder a la nueva línea de ayudas.
Eso no significa que haber recibido el bono impida solicitar futuras subvenciones. La consejera confirmó que quienes hayan agotado su periodo de ayuda podrán optar al nuevo programa si reúnen los requisitos. La concesión dependerá de las condiciones definitivas y del presupuesto disponible. Además, se prevé un procedimiento de concurrencia no competitiva, con tramitación por orden de presentación, por lo que será importante conocer la fecha exacta de apertura.
Qué documentación se puede preparar antes de que se abra el plazo
Aunque todavía no se ha publicado la documentación obligatoria de la nueva convocatoria, los interesados pueden comenzar por comprobar su situación contractual. El contrato de alquiler, la identificación de los arrendatarios y la acreditación de la residencia habitual fueron documentos relevantes en el Bono Alquiler Joven anterior. También será útil tener localizada la información sobre ingresos y asegurarse de que los datos del empadronamiento coincidan con la vivienda alquilada.
En la convocatoria anterior, la Junta exigía documentación adicional en determinados alquileres compartidos. Por ejemplo, el Anexo I BIS permitía acreditar los porcentajes de renta asumidos por cada inquilino cuando no aparecían en el contrato. Sin embargo, no se puede asegurar que el nuevo programa exija exactamente los mismos formularios. Hasta la publicación de sus bases, los jóvenes pueden consultar el portal oficial del Bono Alquiler Joven y revisar otras ayudas disponibles en Andalucía.