Viaja a Marruecos solo unas horas y el TSJA avala que el SEPE le deniegue la ayuda por desempleo

El tribunal confirma la negativa a conceder la ayuda porque el desplazamiento interrumpió los doce meses consecutivos de inscripción como demandante de empleo que exigía la antigua normativa.

Un viaje de apenas unas horas a Marruecos ha sido suficiente para que un desempleado de Melilla se quede sin acceder a la Renta Activa de Inserción (RAI). El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla (TSJA) ha respaldado la decisión del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), que rechazó su solicitud en agosto de 2023. Los sellos de su pasaporte demostraron que había salido de España y regresado el mismo día.

El SEPE rechazó la ayuda pese a que llevaba más de un año apuntado al paro

El hombre figuraba inscrito como demandante de empleo desde el 13 de mayo de 2022. El 7 de agosto de 2023 solicitó la RAI, pero el SEPE rechazó su petición por dos motivos. Consideró que no había acreditado suficientemente la búsqueda activa de empleo y que tampoco cumplía los doce meses de inscripción ininterrumpida. Tres días después presentó otra solicitud, que también fue denegada.

El afectado recurrió y aportó pruebas de que estaba buscando trabajo. Había respondido a ofertas de InfoJobs, se había registrado en empresas como Eulen y Adecco y había entregado currículums. El Juzgado de lo Social número 1 de Melilla desestimó su demanda en marzo de 2025. Aunque esas gestiones podían acreditar la búsqueda de empleo, persistía el incumplimiento del otro requisito. El TSJA confirmó posteriormente la denegación.

La antigua RAI consideraba que salir de España interrumpía los doce meses de inscripción

El artículo 2.1.b del Real Decreto 1369/2006, que regulaba la Renta Activa de Inserción, establecía que las salidas al extranjero interrumpían la inscripción continuada exigida para acceder al programa. La duración del viaje no era suficiente para determinar si existía una excepción. La normativa permitía desplazamientos de hasta 15 días por determinadas circunstancias familiares graves, matrimonios, nacimientos o deberes públicos inexcusables. También contemplaba excepciones para viajes de finalidad laboral al Espacio Económico Europeo o Suiza de menos de 90 días.

El tribunal tuvo en cuenta la sentencia 1176/2024 del Tribunal Supremo, de 25 de septiembre de 2024, que analizó un viaje de siete días a Turquía. El Alto Tribunal concluyó que una salida al extranjero sin una causa amparada por las excepciones interrumpía la antigüedad exigida para acceder a la RAI. En el expediente de Melilla no se acreditó ninguna de esas circunstancias. Por tanto, regresar el mismo día no evitaba la interrupción y el cómputo debía comenzar de nuevo desde la nueva inscripción.

Viajar mientras se cobra el paro no es lo mismo que solicitar la RAI

La defensa del desempleado alegó que la información administrativa permitía desplazamientos al extranjero de hasta 15 días. Sin embargo, el tribunal distinguió entre las reglas aplicables a quienes ya tenían reconocida una prestación y los requisitos para solicitar por primera vez la antigua RAI. En este caso, el trabajador no perdió una ayuda que estuviera cobrando, sino que el SEPE le denegó el acceso a ella.

Las condiciones actuales también son diferentes. Según el SEPE, quienes cobran una prestación contributiva o un subsidio pueden realizar salidas ocasionales al extranjero de hasta 30 días naturales por año sin suspensión del pago. Deben cumplir sus obligaciones y comunicar el desplazamiento. Para ausencias superiores existen otras condiciones. Por eso, las normas sobre viajar cobrando el paro no deben confundirse con las que se aplicaron en esta sentencia.

La Renta Activa de Inserción ya no admite nuevas solicitudes desde noviembre de 2024

Hay otra circunstancia importante. La RAI fue suprimida para nuevas incorporaciones el 1 de noviembre de 2024, cuando entró en vigor la reforma de los subsidios por desempleo del Real Decreto-ley 2/2024. El programa ofrecía una ayuda equivalente al 80% del IPREM durante un máximo de once meses por derecho reconocido. Actualmente solo se mantienen los derechos anteriores conforme al régimen transitorio. No obstante, algunas personas desempleadas pueden cobrar la RAI en 2026 si cumplen unos determinados requisitos.

La resolución judicial no establece que cualquier viaje de unas horas implique perder automáticamente el paro. Resuelve un conflicto concreto sobre el acceso a una prestación antigua y sus requisitos de inscripción. Quienes actualmente reciben una ayuda deben atender a las condiciones de su prestación, la duración del viaje y las comunicaciones exigidas.

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