El Consejo de Gobierno aborda este 8 de septiembre la propuesta por la serie sísmica registrada desde el 14 de agosto. La medida permitiría conceder ayudas extraordinarias a los municipios para reparar infraestructuras y servicios públicos dañados.
El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía tiene sobre la mesa este martes la declaración de una situación excepcional en Granada. El orden del día oficial incluye la propuesta por las incidencias ocurridas entre el 14 de agosto y el 7 de septiembre de 2026. La medida llega después de varias semanas de actividad sísmica en Granada y permitiría activar un mecanismo extraordinario de financiación para los ayuntamientos afectados. El último balance disponible eleva la serie hasta 1.693 terremotos, 150 de ellos sentidos por la población.
Qué cambia si Granada entra en situación excepcional
La figura que estudia la Junta está regulada por el Decreto 277/2023. Esta norma permite conceder subvenciones excepcionales directamente a municipios y entidades locales autónomas afectados por emergencias o fenómenos naturales. El acuerdo deberá determinar qué localidades están incluidas, los daños subvencionables, el periodo cubierto y la cuantía máxima disponible para cada entidad.
Estas ayudas no están planteadas como una indemnización directa para los propietarios de viviendas particulares. Los beneficiarios son las entidades locales que aparezcan expresamente en la declaración. El dinero puede financiar reparaciones de redes de agua, saneamiento, calles, alumbrado, parques o instalaciones municipales. También cubre retirada de escombros y determinados trabajos técnicos necesarios para recuperar los servicios. Los gastos de personal de bomberos, Policía Local o Protección Civil quedan excluidos. Granada ya figura entre las zonas con mayor peligrosidad sísmica de Andalucía.
Los ayuntamientos tendrían diez días para solicitar las ayudas
Una vez publicado el acuerdo en el BOJA, los municipios incluidos dispondrían de un máximo de diez días para presentar su solicitud. Tendrían que identificar las actuaciones previstas y aportar una memoria con su presupuesto y plazo de ejecución. La normativa fija un máximo de dos meses para resolver cada expediente. El pago puede realizarse antes de la justificación definitiva de los gastos.
Las actuaciones financiadas podrán ejecutarse durante el periodo fijado en cada resolución, con posibilidad de prórrogas justificadas. El límite absoluto es de tres años desde el pago de la ayuda. Por ahora, todavía no se han publicado los municipios beneficiarios ni las cantidades máximas correspondientes a Granada. Esos datos deberán conocerse cuando el Consejo adopte el acuerdo y se haga pública la declaración.