La convocatoria cuenta con 400.000 euros y cubre el 75% de inversiones como reformas, maquinaria, ordenadores, mobiliario o páginas web. Solo pueden acceder negocios de Málaga capital dados de alta desde 2025.
Si eres emprendedor en Málaga, todavía tienes una oportunidad para recuperar una parte importante de lo invertido. El Ayuntamiento mantiene abierta hasta el 15 de octubre de 2026 su convocatoria de Impulso Empresarial, que dispone de 400.000 euros y permite recibir hasta 10.000 euros por solicitud. No se trata de una cantidad fija, ya que la subvención cubre el 75% de la inversión o gasto admitido.
La ayuda cubre el 75% de la inversión y llega hasta los 10.000 euros
La convocatoria está destinada a autónomos, empresarios individuales y sociedades de reciente creación que desarrollen su actividad en Málaga capital. Para acceder, hay que realizar una inversión mínima de 1.500 euros sin IVA. Además, el domicilio social y fiscal y la actividad principal deben estar en el municipio.
El negocio debe haberse dado de alta en Hacienda y en la Seguridad Social a partir del 1 de enero de 2025. Esto diferencia estas ayudas municipales de otras líneas disponibles en Andalucía, como la cuota cero para autónomos, que está vinculada a las cotizaciones abonadas por quienes empiezan a trabajar por cuenta propia.
Estos son los gastos que pueden incluir autónomos y nuevas empresas
Uno de los puntos más interesantes de la convocatoria es la variedad de inversiones que permite financiar. Las bases de 2026 admiten actuaciones directamente relacionadas con la apertura, modernización o digitalización del negocio.
Entre los principales conceptos subvencionables se encuentran:
- Reformas y adecuación del local, incluidas determinadas instalaciones técnicas o de seguridad y honorarios técnicos.
- Mobiliario necesario para desarrollar la actividad.
- Maquinaria industrial y herramientas para el negocio.
- Ordenadores, hardware y equipos informáticos necesarios para trabajar.
- Licencias permanentes de software, siempre que sean de pago único.
- Diseño de imagen corporativa, páginas web, aplicaciones móviles y contenidos gráficos digitales.
- Certificaciones, adaptación a protección de datos y determinados servicios para registrar marcas, patentes o nombres comerciales.
- Gastos de notaría y Registro Mercantil realizados durante 2025 o 2026 en las condiciones fijadas por la convocatoria.
Hay límites importantes antes de hacer una compra. No se subvencionan el IVA, salarios, vehículos, alquiler o compra de locales, mercancías iniciales, material fungible ni equipos usados. Tampoco entran las suscripciones mensuales o anuales de software, el posicionamiento SEO, SEM, gestión de redes sociales o publicidad online. Con carácter general, las inversiones deben realizarse después de publicarse la convocatoria en el BOP de Málaga, salvo determinados gastos de constitución.
Quién puede solicitar estos 10.000 euros en Málaga
Pueden participar empresarios individuales, emprendedores de responsabilidad limitada y sociedades civiles. También se admiten sociedades limitadas, anónimas, laborales y cooperativas de trabajo, siempre que tengan consideración de pyme y cumplan las condiciones de la convocatoria. Quienes estén valorando otras vías de apoyo pueden consultar también las ayudas de hasta 6.500 euros que permanecen disponibles para determinados autónomos andaluces.
La concesión se realiza mediante concurrencia competitiva. Los negocios dados de alta desde enero de 2026 reciben 30 puntos; los creados entre julio y diciembre de 2025, 20; y los iniciados durante el primer semestre de 2025, 10. Las cooperativas de trabajo y sociedades laborales pueden sumar otros cinco puntos. Si varias solicitudes obtienen la misma puntuación, cuenta el orden de entrada del expediente válido y completo.
Cómo solicitar la ayuda antes del 15 de octubre
El plazo comenzó el 2 de septiembre y termina el 15 de octubre de 2026, ambos incluidos. La solicitud puede tramitarse mediante la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Málaga con certificado digital. Las sociedades deben realizar el procedimiento utilizando el certificado de la persona jurídica.
Entre la documentación se encuentra el DNI, NIE o CIF correspondiente, el modelo censal 036, el alta en Seguridad Social o RETA, una memoria técnica y económica y el plan de empresa normalizado de Promálaga. Tras la resolución provisional, habrá dos meses para justificar las inversiones, con facturas y comprobantes bancarios. No se admiten pagos en efectivo. La ayuda es compatible con otras subvenciones siempre que, sumadas, no superen el coste de la actuación financiada.