El docente llevaba desde 2024 reclamando su jubilación por incapacidad. Los magistrados consideran determinantes los informes médicos sobre las limitaciones que le provocan sus enfermedades.
Un maestro andaluz de Primaria y Educación Especial ha conseguido que la Justicia le reconozca la jubilación por incapacidad permanente absoluta que la Junta de Andalucía le había denegado. La resolución del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), conocida este 27 de octubre de 2026, da la razón al docente después de dos valoraciones médicas desfavorables en 2024. El profesor padece fibromialgia, síndrome de fatiga crónica y otras patologías que, según el tribunal, le impiden desarrollar una actividad laboral con normalidad.
La Junta rechazó la jubilación por incapacidad tras dos valoraciones médicas
El conflicto comenzó en julio de 2024, cuando el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) examinó la situación del funcionario. Su informe concluyó que no presentaba una enfermedad estabilizada o irreversible que le impidiera desempeñar completamente las funciones de maestro. Con esta valoración, la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional rechazó inicialmente su petición.
El profesor recurrió y aportó documentación sobre las enfermedades que padecía. Entre ellas figuraban fibromialgia, síndrome de fatiga crónica, hipersensibilidad y un trastorno adaptativo ansioso-depresivo. Sin embargo, el EVI mantuvo su criterio en septiembre de 2024. La Junta terminó denegando la jubilación mediante una resolución del 17 de octubre de ese mismo año. Ante esta negativa, el docente acudió a los tribunales para solicitar una incapacidad absoluta o, subsidiariamente, total.
Los informes médicos llevaron al TSJA a reconocer la incapacidad absoluta
La documentación médica aportada durante el procedimiento resultó determinante para el fallo. El TSJA examinó el informe pericial presentado por el maestro y lo comparó con las conclusiones del Equipo de Valoración de Incapacidades. Los magistrados observaron que el informe oficial no desmentía las limitaciones descritas por el perito. Por el contrario, consideraron que respaldaba el carácter incapacitante y persistente de las enfermedades.
El tribunal entendió que las dolencias no solo impedían al docente desarrollar su profesión. También afectaban a su capacidad para desempeñar cualquier actividad laboral con un rendimiento mínimo e incluso a determinadas tareas básicas cotidianas. Esta valoración explica la diferencia respecto a otra sentencia sobre fibromialgia, en la que el TSJA rechazó la pensión solicitada por una dependienta de El Corte Inglés. El diagnóstico era relevante en ambos procedimientos, pero las limitaciones funcionales acreditadas llevaron a resultados distintos.
La jubilación por incapacidad de los funcionarios no funciona igual que la del INSS
La situación del maestro también permite aclarar una diferencia importante entre los sistemas de pensiones. El artículo 28.2.c del texto refundido de la Ley de Clases Pasivas contempla la jubilación por incapacidad permanente para el servicio. Se aplica cuando una enfermedad o lesión, irreversible o de recuperación remota o incierta, impide desempeñar las funciones propias del cuerpo funcionarial. Este régimen corresponde, con carácter general, a determinados funcionarios incorporados antes del 1 de enero de 2011.
Los funcionarios de nuevo ingreso desde esa fecha están incluidos, a efectos de pensiones, en el Régimen General de la Seguridad Social. En este último se distingue entre incapacidad permanente total para la profesión habitual y absoluta para cualquier trabajo. Así ocurre en procedimientos como el de una trabajadora de supermercado que obtuvo una pensión de incapacidad absoluta tras recurrir una negativa del INSS. La información publicada sobre el maestro no precisa su fecha de ingreso, por lo que no permite determinar con certeza su régimen de pensión.
Qué consecuencias tiene la sentencia para el maestro con fibromialgia
El TSJA ha estimado el recurso y reconocido el derecho del docente a la jubilación por incapacidad permanente absoluta. La decisión judicial contradice la valoración administrativa que había impedido su acceso a esta situación desde 2024. No obstante, la información disponible no especifica la cuantía de la pensión, sus efectos económicos ni si la sentencia es firme o admite recurso. Por ello, no puede determinarse cuánto cobrará ni desde qué fecha.
El pronunciamiento tampoco significa que cualquier persona diagnosticada de fibromialgia tenga derecho automáticamente a una pensión. Cada expediente exige acreditar las limitaciones funcionales, su persistencia y las consecuencias sobre el trabajo. Los informes médicos y periciales pueden resultar decisivos cuando existe una denegación administrativa. Para conocer otras resoluciones judiciales y novedades sobre pensiones, puedes consultar nuestra sección de prestaciones.