Stradivarius despide a una empleada por intentar llevarse una prenda de Zara sin pagar y consigue una indemnización de 5.000 euros

La empleada intentó salir de una tienda Zara sin abonar la prenda. El TSJ de Andalucía considera procedente el despido, aunque condena a Stradivarius por recibir de forma ilícita datos sobre su condena penal.

Una trabajadora de Stradivarius en Málaga ha conseguido una indemnización de 5.000 euros pese a que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) considera procedente su despido. La dependienta fue sorprendida cuando intentaba salir de una tienda Zara con una prenda de 29,95 euros que no había pagado. Ambas empresas pertenecen al grupo Inditex. El caso ha dado lugar a la sentencia 465/2026, de 9 de marzo.

La empleada trabajaba desde enero de 2019 en el establecimiento de Stradivarius situado en el centro comercial Vialia de Málaga. Los hechos ocurrieron el 4 de septiembre de 2024 en una tienda Zara del centro comercial Larios. Un vigilante de seguridad descubrió la prenda cuando la trabajadora pretendía abandonar el establecimiento. Al día siguiente, ella misma contó lo ocurrido a su encargada y a la responsable de área de Stradivarius.

El asunto guarda relación con otros pronunciamientos recientes del tribunal andaluz sobre cuándo una empresa puede extinguir un contrato, como la resolución que declaró inválido un despido por un periodo de prueba al no concretarse correctamente su duración.

El TSJ considera que el hurto rompió la buena fe con Stradivarius

La trabajadora fue condenada el 19 de septiembre de 2024 por el Juzgado de Instrucción número 2 de Málaga como autora de un delito leve de hurto. Una semana después, el 26 de septiembre, Stradivarius le comunicó su despido. El Juzgado de lo Social número 6 de Málaga declaró posteriormente que la medida era procedente y la empleada recurrió ante el TSJA.

Uno de los aspectos más relevantes es que los hechos ocurrieron fuera de su jornada laboral y en otra empresa diferente de su empleadora. Sin embargo, Zara y Stradivarius pertenecen a Inditex y disponen de un código de conducta común que la trabajadora conocía. La Sala considera que intentar apropiarse de un producto de otra sociedad del mismo grupo afectaba a la buena fe exigible en la relación laboral. El artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores contempla precisamente la transgresión de la buena fe contractual como posible causa de despido disciplinario.

Por este motivo, el TSJ mantiene que el despido es procedente. La trabajadora no recupera su puesto ni obtiene una indemnización derivada del cese. Es una situación distinta de otros asuntos analizados por la justicia andaluza, como el despido nulo tras denunciar acoso laboral confirmado recientemente por el mismo tribunal.

Stradivarius deberá pagar 5.000 euros por vulnerar sus derechos fundamentales

La sentencia cambia de criterio respecto a otro elemento del procedimiento. Prosegur remitió a Stradivarius la sentencia penal que había condenado a la trabajadora. El TSJA considera ilícita esa cesión porque incluía información relativa a una condena penal, cuyos datos cuentan con una protección especialmente restrictiva.

La Ley Orgánica de Protección de Datos establece que el tratamiento de información sobre condenas e infracciones penales solo puede realizarse en los supuestos específicamente amparados por una norma. La Sala concluye que en este caso se vulneró el derecho fundamental de la empleada y declara nula esa actuación.

Eso no provoca, sin embargo, que el despido sea nulo. Existía una fuente independiente para acreditar lo sucedido, ya que la propia trabajadora había relatado el incidente a sus responsables antes de que Stradivarius recibiera la resolución penal. El tribunal puede, por tanto, excluir esa prueba ilícita y seguir considerando probado el comportamiento que motivó el despido.

El resultado es poco habitual: Stradivarius puede mantener el despido, pero deberá pagar 5.000 euros a la extrabajadora por el daño moral causado con la vulneración de su derecho fundamental. La propia Revista de Jurisprudencia Laboral del BOE ha destacado la singularidad de esta sentencia por combinar la procedencia del despido con una indemnización por protección de datos.

La resolución da la posibilidad de interponer recurso de casación para la unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo en el plazo de diez días desde su notificación.