El Complemento de Apoyo al Empleo se aplica automáticamente desde 2026 a determinadas prestaciones contributivas. Exige tener reconocido al menos 420 días de paro y haber consumido los primeros nueve meses.
El Complemento de Apoyo al Empleo se aplica automáticamente desde 2026 a determinadas prestaciones contributivas. Exige tener reconocido al menos 420 días de paro y haber consumido los primeros nueve meses. Por consiguiente, las personas que cobran una prestación contributiva por desempleo en Andalucía pueden seguir recibiendo parte de esa protección económica cuando empiezan un trabajo por cuenta ajena.
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) permite compatibilizar ambas situaciones mediante el Complemento de Apoyo al Empleo (CAE), que puede alcanzar 450 euros mensuales con un contrato a tiempo parcial. La cuantía y la duración dependen de la jornada y del mes de prestación en el que comience el empleo.
Quién puede cobrar el complemento del SEPE si encuentra trabajo en Andalucía
El CAE es una medida estatal, por lo que no existe un régimen diferente para Andalucía. Pueden beneficiarse los residentes en cualquiera de sus ocho provincias que cumplan las condiciones fijadas por el SEPE. Desde el 1 de enero de 2026, la compatibilidad se reconoce de oficio para las prestaciones contributivas nacidas desde el 1 de abril de 2025 que reúnan los requisitos.
Para entrar en este régimen deben cumplirse varias condiciones establecidas por el organismo:
- Tener reconocida una prestación contributiva superior a 12 meses, que en la escala del paro equivale a al menos 420 días, es decir, 14 meses.
- Haber devengado los primeros nueve meses de prestación.
- Iniciar un trabajo por cuenta ajena a jornada completa o parcial, salvo determinados casos de personal funcionario o estatutario.
- La prestación no puede proceder de una suspensión laboral por ERTE o Mecanismo RED.
- La empresa contratante no puede tener un ERTE tramitado en ese momento ni haber empleado al beneficiario durante los 12 meses anteriores.
- Tampoco procede en determinadas contrataciones realizadas por familiares hasta segundo grado.
La medida tiene especial interés para el mercado laboral andaluz. Andalucía cerró julio de 2026 con 526.862 personas inscritas en el paro, tras reducirse el desempleo en 9.661 personas durante ese mes. Además, entre enero y julio se registraron 1.914.017 contratos en la comunidad, según el Observatorio Argos del Servicio Andaluz de Empleo. Estos datos no determinan cuántas personas pueden recibir el CAE, pero muestran el volumen de movimientos laborales en el que opera la compatibilidad.
Quienes necesiten comprobar previamente su prestación pueden consultar cuánto paro les queda y los días reconocidos por el SEPE.
Los 450 euros dependen de la jornada y del mes de prestación
Los 450 euros no son una cantidad fija que corresponda a todas las personas contratadas a tiempo parcial. Es el importe máximo previsto para un empleo cuya jornada alcance al menos el 75% de la jornada ordinaria, durante determinados meses de la prestación. Si el trabajo fuera a tiempo completo, el CAE podría alcanzar los 480 euros.
La tabla oficial del SEPE establece estas cuantías para trabajos a jornada parcial:
| Mes de prestación | Parcial ≥75% | Parcial ≥50% y <75% | Parcial <50% | Duración máxima |
|---|---|---|---|---|
| Mes 10 | 450 € | 420 € | 360 € | 30 días |
| Mes 11 | 450 € | 420 € | 360 € | 60 días |
| Mes 12 | 450 € | 420 € | 360 € | 90 días |
| Meses 13 a 15 | 450 € | 420 € | 360 € | 180 días |
| Meses 16 a 18 | 300 € | 270 € | 240 € | 180 días |
| Meses 19 a 21 | 210 € | 180 € | 150 € | 180 días |
| Meses 22 a 24 | 150 € | 120 € | 90 € | 180 días |
Las cantidades coinciden con las publicadas actualmente por el SEPE y con los porcentajes del IPREM establecidos en la reforma aprobada mediante el Real Decreto-ley 2/2024. Por tanto, una persona con una jornada del 60% podría recibir 420 euros entre los meses décimo y decimoquinto, pero esa cantidad bajaría a 270 euros entre los meses 16 y 18.
Los 180 días son un máximo y cada día cobrado consume prestación
Otro aspecto importante es la duración. El CAE puede mantenerse durante un máximo de 180 días, pero no significa que todas las personas tengan derecho a seis meses desde que consiguen empleo. Si la compatibilidad empieza durante el décimo mes de prestación, el límite será de 30 días. En el undécimo asciende a 60 y en el duodécimo, a 90 días. Solo desde el mes decimotercero puede llegar a los 180 días.
Además, el SEPE confirma que cada día durante el que se cobra el CAE consume un día de prestación contributiva. El paro pendiente no queda guardado íntegramente mientras se perciben simultáneamente el salario y el complemento. Este efecto debe tenerse presente especialmente cuando el contrato que aparece es corto y todavía quedan varios meses de prestación reconocida.
El trabajador puede pedir al SEPE que suspenda la compatibilidad
El reconocimiento automático no obliga a mantener el CAE. Una persona que prefiera conservar los días de prestación pendientes puede pedir al SEPE la suspensión de esta modalidad. Si presenta la solicitud dentro de los 15 días hábiles siguientes al comienzo de sus efectos, la suspensión se aplicará desde el inicio del trabajo. Si se solicita después, tendrá efectos desde la fecha de presentación.
Cuando finaliza el contrato que originó el CAE, el cese también debe comunicarse al SEPE en un plazo de 15 días hábiles. La prestación podrá reanudarse si existe situación legal de desempleo y se cumplen las condiciones correspondientes. Para los residentes en Andalucía, la inscripción y gestión de la demanda corresponde al Servicio Andaluz de Empleo, mientras que la prestación económica depende del SEPE. Puede consultarse también dónde pedir el paro en Andalucía o cómo solicitar el paro online.
La regulación completa puede consultarse en la información oficial del Complemento de Apoyo al Empleo del SEPE.